Contratar personas con discapacidad ¿Que beneficios conlleva?

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El fomento de la integración social de personas con discapacidad en el entorno laboral ha puesto al alcance de empresas y asociaciones una serie de beneficios, hoy vamos a ver cuáles son.

No solo se incluyen bonificaciones en las cargas sociales de estos empleados, los beneficios suceden en varios aspectos, como la preferencia en la adjudicación de contratos públicos a personas desfavorecidas o miembros de grupos vulnerables, recogidas en la Ley de Contratos del Sector Público (art. 145.2).

Si nos fijamos en las grandes empresas, ya están obligadas a comunicar cuántos empleados con discapacidad tienen en plantilla, así como informar sobre las medidas que esta tomando dicha empresa para mejorar la accesibilidad a sus instalaciones por parte de discapacitados.

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Y metiéndonos ya en materia, vamos a ver los beneficios económicos otorgados por la Seguridad Social para la contratación de personas con discapacidad por medio de bonificaciones, subvenciones y deducciones fiscales.

Contratación de personas con discapacidad: Bonificaciones

Este año 2019 se han aprobado una serie de bonificaciones que van desde 3.500€ hasta los 6.000€ dependiendo de:

  • Grado de discapacidad
    • Sin discapacidad severa
    • Discapacidad severa: la parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual igual o superior al 33% o discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%.
  • Sexo: Las mujeres disfrutarán de una bonificación mayor.
  • Edad del trabajador: Dependiendo si es mayor o menor de 45 años.
  • Tipo de contrato: Los trabajadores fijos tendrán mayor bonificación que los temporales.

Bonificaciones para empleados temporales. (Fuente: Servicio Público de Empleo Estatal)

Bonificaciones para empleados con contrato indefinido. (Fuente: Servicio Público de Empleo Estatal)

Requisitos para tener derecho a estas ayudas

Hay una serie de requisitos tanto para trabajadores como empleadores que se deben cumplir para poder beneficiarse de estas ayudas:

Empleado

  • Estar inscrito como demandante de empleo.
  • Tener una discapacidad igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente o pensionista de la Seguridad Social que tenga reconocida una pensión de incapacidad permanente.
  • No haber tenido un vínculo con la empresa en los 24 meses anteriores con un contrato similar.

Empresa

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social
  • No haber sido excluido de los beneficios de los programas de empleo por la comisión de infracciones muy graves no prescritas.

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Otras ventajas fiscales de contratar personas discapacitadas

Si combinamos la necesidad de incluir a personas discapacitadas en el entorno laboral y la necesidad de nuevos puestos de trabajo en el país, nos encontramos interesantes ayudas que permiten deducir de la cuota íntegra diversas cantidades:

  • 9.000€ por persona por año para empresas que incrementen el promedio de su plantilla con trabajadores que tengan una discapacidad en un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
  • 12.000€ por persona por año para empresas que incrementen el promedio de su plantilla con trabajadores que tengan una discapacidad en un grado igual o superior al 65%, contratados por el contribuyente.
  • Hasta 900€ para la adaptación del puesto de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas que impidan al trabajador realizar su labor o acceder al lugar de trabajo.

Además de estas medidas cada comunidad autónoma presenta sus propios incentivos, llámanos o pásate por nuestro local para obtener más información sin compromiso.

Llámanos al 971 75 20 20
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